Diputados declaran constitucional el plan B electoral de Sheinbaum

*La reforma plantea reducir costos en ayuntamientos y congresos estatales, limitar el número de regidurías, ajustar presupuestos legislativos y establecer topes salariales para funcionarios

FERNANDO DAMIÁN

MILENIO/CDMX

Con el voto aprobatorio de 19 congresos locales, la Cámara de Diputados emitió la declaratoria de reforma constitucional del plan B electoral y turnó el decreto al Senado de la República, a fin de concluir el proceso legislativo y turnarlo al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor.

Las legislaturas estatales que avalaron el proyecto de reformas a los artículos 115, 116 y 134 constitucionales fueron las de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Ciudad de México.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la madrugada del jueves 9 de abril el plan B electoral propuesto por la presidenta Claudia Sheinbaum para reducir el costo de ayuntamientos y congresos locales, además de prohibir que consejeros y magistrados electorales perciban una remuneración superior a la de la Presidenta de la República.

La reforma prevé asimismo recortar el presupuesto del Senado de la República 15 por ciento de manera progresiva durante los próximos cuatro años.

La minuta fue enviada de manera inmediata a los congresos locales para su aprobación y 19 de ellas la avalaron en menos de 24 horas.

Entre otros aspectos, la reforma constitucional establece un número máximo de 15 regidurías por ayuntamiento.

“Cada uno de los municipios será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un presidente o presidenta municipal, una sindicatura y hasta 15 regidurías, de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso, integración y ejercicio del poder público municipal”, señala.

Se prevé asimismo que las constituciones estatales establezcan que el presupuesto anual de las legislaturas locales no exceda de 0.70 por ciento del presupuesto de egresos de la entidad federativa correspondiente.

Dichas disposiciones deberán garantizar los principios de paridad, igualdad sustantiva y perspectiva de género en la integración y funcionamiento de los congresos locales.

Además, dispone que las remuneraciones de los consejeros y magistrados electorales, así como de titulares de las secretarías de órganos administrativos y titulares de áreas ejecutivas del INE, organismos locales electorales y tribunales electorales de las entidades federativas no excederán la remuneración asignada al Presidente de la República.

Tampoco podrán adquirir o contratar con recursos públicos seguros de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas, seguros de separación individualizados, cajas de ahorro especiales, regímenes especiales de retiro u otras prestaciones no previstas por la ley.

“El presupuesto anual autorizado para el Senado de la República deberá ajustarse de manera progresiva durante los cuatro ejercicios fiscales subsecuentes, con el objeto de alcanzar, al término de dicho periodo, una reducción acumulada equivalente al quince por ciento en términos reales, respecto del presupuesto”, establece el decreto en sus artículos transitorios.