TEEGRO confirma acuerdo del IEPC en caso Juchitán

BOLETÍN / TEEGRO
CHILPANCINGO, GRO.
El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO) declaró infundada la impugnación promovida por el síndico procurador de Juchitán, Wilber Ramírez Rodríguez, en contra del acuerdo emitido por la Coordinación de lo Contencioso Electoral del IEPC.
Durante la Décimo Octava Sesión Pública de Resolución, las magistradas y los magistrados resolvieron el expediente TEE/JEC/017/2025, mediante el cual el edil manifestó su inconformidad con la determinación del IEPC de tramitar la queja en su contra por la vía del Procedimiento Ordinario Sancionador (POS), y no a través del Procedimiento Especial Sancionador (PES), como él lo consideraba procedente.
Al respecto, el Pleno del TEEGRO concluyó que en este momento no hay un proceso electoral, ni se advierten elementos que pudieran afectar la equidad en la contienda entre partidos políticos, por lo que no se justifica su tramitación mediante el PES.
En consecuencia, el Tribunal confirmó la legalidad del acuerdo emitido por la Coordinación de lo Contencioso Electoral del IEPC y ratificó la tramitación de la queja por la vía del POS.
Acuerdos
Plenarios
Durante la Décimo Octava Sesión Pública de Resolución, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero resolvió cinco acuerdos plenarios correspondientes a los expedientes: TEE/AG/002/2025, TEE/JEC/081/2023, TEE/PES/040/2024, TEE/PES/052/2024 y TEE/PES/064/2024.
TEE/AG/002/2025
En este expediente, relativo a un Asunto General, la ciudadana, Sandra Sarahí Sánchez Marcos, promovió una demanda laboral en contra del partido político local Fuerza por México Guerrero, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO), y Jesús Román Salmerón Hernández, en su calidad de interventor del partido. La actora reclamó diversas prestaciones derivadas de un presunto despido injustificado.
El Pleno del TEEGRO se declaró incompetente para conocer de dicha demanda, toda vez que la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Guerrero establece que este Tribunal únicamente puede conocer controversias laborales entre el IEPCGRO o el propio Tribunal y sus servidores públicos, no así respecto de partidos políticos.
El hecho de que un partido político haya perdido su registro no convierte a sus extrabajadores en servidores públicos del IEPCGRO.
En consecuencia, se ordenó remitir el expediente al Tribunal Colegiado en turno, en materias Civil y del Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, a fin de que dirima el conflicto competencial.
TEE/JEC/081/2023
En este expediente, el Pleno del TEEGRO determinó imponer una multa individual como medida de apremio al presidente municipal y a la síndica procuradora del Ayuntamiento de Tlalixtaquilla de Maldonado, por el incumplimiento del pago de remuneraciones correspondientes al ejercicio fiscal 2023, adeudadas a exintegrantes del cabildo.
Esta conducta omisiva y reiterada, a pesar de haber sido debidamente notificados, vulnera el principio de tutela judicial efectiva y el derecho de acceso a la justicia de los ciudadanos.
TEE/PES/040/2024
Este Procedimiento Especial Sancionador (PES) fue promovido por una ciudadana en contra de Idelfonso Montealegre Vázquez, entonces presidente municipal de Metlatónoc, Guerrero.
El Tribunal declaró existente la violencia política contra las mujeres en razón de género e impuso una sanción económica equivalente a 150 UMAs, además de ordenar diversas medidas de reparación y garantías de no repetición, tales como: Publicación del extracto de la sentencia; Disculpa pública; Curso en materia de violencia de género; Cobertura del tratamiento psicológico de la denunciante; Inscripción del sancionado en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del INE.
El pleno tuvo por cumplidas las medidas impuestas a las autoridades vinculadas. Respecto de las obligaciones del ciudadano, Montealegre Vázquez, se le otorgó un plazo de cinco días hábiles para informar su cumplimiento y remitir constancias de la disculpa pública y del curso de género, bajo apercibimiento de nuevas medidas de apremio.
Además, se vinculó al actual presidente municipal de Metlatónoc, para que en sustitución del infractor, realice la publicación del extracto de la sentencia y del mensaje de disculpa pública —el cual deberá ser previamente entregado y firmado por el denunciado—, asegurando que dichas publicaciones permanezcan visibles durante 30 días naturales conforme a los lineamientos establecidos.
TEE/PES/052/2024
Respecto a este expediente, el Pleno del TEEGRO determinó imponer una multa de $11,314.00 pesos al ciudadano Jesús Gabriel Castañeda Arellano, en su carácter de persona física y Director General del medio de comunicación “Acapulco Trends”, por el reiterado incumplimiento de las resoluciones emitidas en el procedimiento en el que se declaró parcialmente existente la violencia política contra las mujeres en razón de género.
Se le requirió nuevamente para que cumpla con las medidas de reparación y garantías de no repetición ordenadas por este Tribunal, otorgándole cinco días hábiles para remitir un informe detallado y las constancias correspondientes. En caso de incumplimiento, se le impondrá una multa de 200 UMAs.
TEE/PES/064/2024
En este expediente, el Pleno del TEEGRO tuvo por cumplida la sentencia emitida el 18 de septiembre de 2024, así como el acuerdo plenario de 20 de junio de 2025, por parte de la Coordinación de lo Contencioso Electoral del IEPCGRO, en relación con la solicitud formulada a la red social Facebook.
Resoluciones
de Convenios
Finalmente, durante la sesión se aprobaron tres proyectos de Laudos Convenio: uno celebrado entre el IEPCGRO y una persona ex trabajadora, y dos entre el TEEGRO y personas ex trabajadoras, con motivo de la conclusión de sus respectivas relaciones laborales.
