Venció plazo para renuncias para cargos de elección popular

*El 4 de marzo fue la fecha límite para que funcionarios renuncien si aspiran a diputados, alcaldes, síndicos o regidores

MARCIAL CAMPUZANO
CHILPANCINGO, GRO.

Este lunes 4 de marzo fue la fecha límite para que se separen del cargo los titulares de las dependencias, entidades u organismos de la administración pública federal, estatal o municipal; las y los representantes populares federales, estatales o municipales; y las y los magistrados de los Tribunales Superior de Justicia y de Justicia Administrativa, si participarán como candidatos en el proceso electoral de ayuntamientos y diputados.

También debieron separarse del cargo si participan como candidatos a puestos de elección popular, las y los titulares de los órganos autónomos o con autonomía técnica; así como las y los servidores públicos que manejen recursos públicos o ejecuten programas gubernamentales.

La Ley de Instituciones y Procedimientos Electoral del Estado de Guerrero (LIPEG), señala que podrán participar en el proceso electoral como candidatos sin separarse del cargo, las y los representantes populares que participen bajo la modalidad de reelección, así como las y los servidores públicos que no tengan funciones de dirección, fiscalización, supervisión o manejo de recursos públicos, ni lleven a cabo la ejecución de programas gubernamentales, quienes en todo momento se apegarán a las disposiciones que la ley disponga en la materia.

Las disposiciones anteriores forman parte de un aviso que emitieron las autoridades electorales, con motivo del proceso electoral de ayuntamientos y diputados locales con elecciones programadas para el 2 de junio de este año.

El consejero electoral y presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, Amadeo Guerrero Onofre, informó que la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero (LIPEG), señala que las y los servidores públicos por designación y por elección popular que desempeñen las funciones descritas, deberán separarse del cargo 90 días antes de la jornada electoral.

Considerando que los comicios para elegir con voto popular a los integrantes de los ayuntamientos, y a los 46 diputados locales se llevarán a cabo el 2 de junio de este año, la fecha límite que tienen los servidores públicos para separarse de los cargos si participarán como candidatos a diputados, alcaldes, síndicos y regidores es el 4 de marzo.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 46 de la Constitución Política del estado, y en el artículo 10 de la LIPEG, para ser candidato o candidata a diputado o diputada local por el principio de mayoría relativa o por el principio de representación proporcional; o para ser candidato o candidata a presidente municipal, síndico o regidores, los funcionarios deberán separarse del cargo 90 días antes de la jornada electoral, es decir a más tardar el 4 de marzo.