Confirma Esquivel: “No hay reeducación para policías comunitarias

*Ya no existe la figura, ni en la Ley 701 ni en el artículo 14 Constitucional, señala Alfredo Sánchez Esquivel, presidente de la Jucopo

*“No se puede avalar una figura que viole derechos humanos, garantías individuales y que sea un ejemplo de inconstitucionalidad”, refiere

*Recalcó que las reformas “meterán orden a muchos temas donde no quedaba claro” que era lo que podían hacer o no las policías comunitarias

ROGELIO AGUSTÍN/SIN
CHILPANCINGO, GRO.

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso local, Alfredo Sánchez Esquivel, sostuvo que las reformas al artículo 14 de la Constitución Política del Estado y la Ley 701, en materia de Derechos y Cultura Indígenas, “meten orden” en el tema de las policías comunitarias, pues establece la coordinación obligatoria con las policías preventivas municipales y no consideran la existencia del sistema de reeducación.

En las instalaciones del Congreso local, Sánchez Esquivel sostuvo que las reformas aprobadas el pasado martes, “meterán orden a muchos temas donde no quedaba claro” que era lo que podían hacer o no las policías comunitarias.

A manera de ejemplo explicó: “Para que un pueblo tenga una policía comunitaria, el primer paso es que el pueblo decida en asamblea que quiere, en consecuencia, que proceda a nombrar a sus policías comunitarios”.

En segundo lugar, todos los integrantes deben ser nombrados por las asambleas de los pueblos, deben ser personas mayores de edad y libres de antecedentes penales, además, no pueden portar armas de uso exclusivo del Ejército y las fuerzas armadas.

“Ya integradas, el comisario debe presentarlas ante la Secretaría de Seguridad Pública del municipio para comenzar a funcionar”, señala el también coordinador de Morena.

Continúa: “También se contempla que si detienen a una persona, lo que tienen que hacer es reportar a la autoridad municipal, para que quede en plataforma (de datos) que si a don Miguel lo detuvieron en una comunidad, esa comunidad lo tiene y que no vaya a estar en calidad de desaparecido”.

A pregunta expresa, el legislador local destacó: “Estas reformas ya no contemplan la ruta de la reeducación, no está contemplado”.

Una vez que las reformas entren en vigor, el presidente de la Jucopo refirió que todas las policías comunitarias deben supeditarse a lo que establece la ley.

Y reitera: “La ley es muy clara, en materia de reeducación no está contemplada”.

Las casas de justicia, con las que funciona la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC), dijo que representan marcos de referencia, pues son utilizados como cárceles, pero sólo en algunos casos.

“Nosotros no podemos avalar la aprobación de una ley que tenga situaciones que violen las leyes, que vulneren las garantías individuales y que sean claros ejemplos de inconstitucionalidad”, anotó.

Correcciones

Por otra parte, precisó que los diputados locales cumplieron con lo que ordenó la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en torno a la consulta a los pueblos originarios antes de aprobar la Ley 701, y aseguró que si se tienen que hacer ajustes o correcciones se harán de manera oportuna.

Calificó como histórico el hecho de que se haya realizado una consulta para tomar una determinación como la aprobación de la Ley 701 en materia de derechos indígenas y afromexicanos, «las decisiones siempre habían sido de manera unilateral y se consideraba sólo lo que dijeran las y los diputados, en esta ocasión la determinación fue producto de haber recorrido cientos de pueblos, y escuchar a miles de personas y después de todo eso comenzar a conformar una ley de observancia general», con el objetivo de brindar certeza jurídica a los policías comunitarios, para que se regulen los actos que realizan al dar seguridad a la población, y no cometan faltas graves y el día de mañana tengan órdenes de aprehensión o les inicien carpetas de investigación, porque al no haber un marco regulatorio con claridad ocurrieron ese tipo de faltas.

Dijo ser respetuoso de las opiniones en contra de la aprobación de la Ley en mención, «pero lo que aprobamos fue en estricto apego al marco legal, de respeto a los derechos humanos, a las garantías individuales y sobre todo de respeto a las niñas y los niños porque ahora no puede haber un policía comunitario menor de edad, porque la niñez es una etapa que se debe respetar y estamos para ser garantes de los derechos de niñas y niños y preponderantemente de las mujeres».

Sobre los amparos e impugnaciones que aseguran dirigentes de organizaciones de derechos humanos como Vidulfo Rosales Sierra y Abel Barrera Hernández van a iniciar, el presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso Local mencionó que es respetuoso de lo que ellos decidan, «nosotros consideramos que hemos cumplido a cabalidad con lo que nos mandató la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, con los elementos mínimos necesarios para atender la solicitud de consulta a los pueblos originarios, y si hay algo que se tenga que corregir o ajustar lo haremos de manera oportuna y pertinente».

Sánchez Esquivel adelantó que faltan varias consultas por realizarse a esos sectores en materia de discapacidad, educación, elecciones y sobre la Ley de Consultas, que han recomendado tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación como la Comisión Nacional de Derechos Humanos.