Masesodio advierte error en la consulta que desarrolla el Congreso

*Debe ser sobre la legislación vigente, no las propuestas presentadas por un grupo de 15 diputados

*La equivocación no pasará a desapercibida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), señala Masedonio Mendoza Basurto

ROGELIO AGUSTÍN/SNI
CHILPANCINGO, GRO.

El diputado local por la Montaña, Masedonio Mendoza Basurto advirtió que el Congreso de Guerrero está encausando incorrectamente la consulta sobre Seguridad Pública, Derechos, Cultura Indígena y Pueblos Afromexicanos, con la que dará respuesta a la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a los juicios de inconstitucionalidad 78/ 2018 y 81/ 2018.

Mendoza Basurto representa al distrito electoral número 27, correspondiente a la parte alta de la región Montaña, cuya población es mayoritariamente indígena.

Indicó que derivado de los documentos que se le han hecho llegar, para dar cumplimiento a la fase 2 de la consulta a los pueblos indígenas y afromexicanos del estado, en cumplimiento a la sentencia derivado de las acciones de inconstitucionalidad, promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), hay situaciones que se deben tener muy claras.

Consideró importante que dichas acciones de inconstitucionalidad declararon improcedentes las acciones contenidas en los decretos 756; por el que se reformó el artículo 14 de la Constitución Política del Estado y el 778, por el que se reformaron, adicionaron y derogaron disposiciones de la ley 701, sobre derechos y cultura de los pueblos indígenas, así como de la Ley 777, del Sistema de Seguridad Pública del estado.

A la última ley se le declaró su invalidez total, situación que refirió, no debe quedar fuera del conocimiento de los representantes populares.

En ese contexto, recordó que la invalidez de los decretos antes mencionados, se llevó a cabo porque la reforma correspondiente no se desarrolló de manera libre, previa, informada, ni fue culturalmente adecuada para los pueblos indígenas ni y afromexicanos.

La intención de la sentencia, recordó que es reponer el procedimiento impugnado, lo que pasa por someter a consulta el procedimiento, para que los pueblos que se verán afectados hagan valer sus puntos de vista.

Mendoza Basurto apuntó que el mandato de la Corte establece que el Congreso debe llevar a cabo una consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de Guerrero, en la que debe cumplir los parámetros que garanticen su presentación de manera previa, libre, informada y debe ser de buena fe.

Y aquí destacó la parte en la que el Congreso se está equivocando: “Lo que se desprende, es que las iniciativas que se van a someter a consulta no son las que fueron motivo de las acciones de inconstitucionalidad; son las que en días anteriores fueron presentadas al Pleno del Poder Legislativo por diversos disputados de esta 63 legislatura”.

Con esto, aseguró que “no se cumple en los hechos con las dos sentencias emitidas en las acciones de inconstitucionalidad”.

Para tener certeza de lo que se dice, manifestó que se debe retomar lo que establece la cita textual del numeral 212 de las acciones de inconstitucionalidad, que anota claramente el hecho de que el Congreso debe someter a consulta las normas que dieron origen a las declaraciones de invalidez decretadas en esa sentencia, lo que no se hizo.

Explicó que en el ambiente jurídico, se sabe que una norma jurídica es una ley vigente, por lo tanto. las iniciativas que el Congreso pretende someter a consulta no reúnen el carácter de norma, porque no se han aprobado.

En los hechos, se está incumpliendo el contenido de la sentencia.

Agregó que las iniciativas que fueron presentadas por 15 diputados, no presentan el contenido de los artículos que en este momento aparecen en las leyes y cuyo articulado se pretende modificar.

Eso implica que los pueblos consultados no tendrán la oportunidad de hacer un comparativo del contenido de las leyes que se están sometiendo a consulta.

Y denunció: “con estas acciones se viola el principio de buena fe en perjuicio de los intereses de los consultados”.

Masedonio Mendoza Basurto consideró importante rectificar, de lo contrario se cometerá un error sumamente grave, lo que no pasará por alto en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).