*La Corte concluyó que la fiscalización de los recursos federales ejercidos por el ayuntamiento de Acapulco en 2023 corresponde exclusivamente a la ASF
*Ha sido un litigio que durante más de un año impactó la imagen de la administración municipal de Acapulco
*Se aclara que es un conflicto de competencias que no excluye la posibilidad de que se investiguen hechos potencialmente irregulares por las autoridades facultadas para ello
BAJO PALABRA
CIUDAD DE MÉXICO
La alcaldesa con licencia de Acapulco, Abelina López Rodríguez, libró este lunes cualquier sanción por negarse a entregar información sobre el ejercicio de 898.6 millones de pesos de recursos federales a la Auditoría Superior del Estado de Guerrero (ASE), luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que ese órgano carece de facultades para fiscalizar dichos recursos.
No obstante, el máximo tribunal aclaró que la resolución no impide que los fondos sean auditados e investigados por la autoridad federal competente.
Por unanimidad, el Pleno de la Corte concluyó que la fiscalización de los recursos federales ejercidos por el ayuntamiento de Acapulco en 2023 corresponde exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación (ASF). En consecuencia, invalidó los actos de revisión emprendidos por la ASE y cualquier sanción impuesta a servidores públicos municipales.
“Resulta necesario dejar en claro que la invalidez de una auditoría iniciada por una autoridad incompetente no excluye la posibilidad de que se investiguen hechos potencialmente irregulares por las autoridades facultadas para ello”, dijo el ministro Irving Espinosa Betanzo.
La Controversia Constitucional 174/2025 fue resuelta bajo el proyecto del ministro Arístides Guerrero García. Dicho recurso fue promovido por el municipio de Acapulco para impugnar la orden de la ASE de fiscalización de la cuenta pública 2023, específicamente sobre los 898 millones 633 mil 453 pesos que recibió del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISMUN).
El ponente señaló que, con base en la Constitución y a precedentes recientes del Pleno de la SCJN, la fiscalización de los recursos federales ejercidos por municipios es tarea exclusiva de la ASF, pero aclaró que la resolución no exime al municipio de la fiscalización de esos recursos ni analiza su manejo.
“Es, insisto, un tema de precedentes, es un tema de competencia. Hay que señalarlo también en la propuesta del proyecto: no se exime ningún tipo de fiscalización de los recursos federales por parte del municipio actor ni se pronuncia sobre el fondo de su manejo, resuelve únicamente cuál es autoridad constitucionalmente competente para revisarlos”, señaló.
La Corte tiene pendiente resolver otra controversia relacionada con el procedimiento de revocación de mandato de la alcaldesa Abelina López, promovida por el municipio de Acapulco contra el Congreso de Guerrero.
Facultades
En concreto, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad que la Auditoría Superior del Estado (ASE) de Guerrero carece de facultades para fiscalizar directamente recursos federales del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISMUN), al tratarse de una atribución exclusiva de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
Con esta resolución, el máximo tribunal invalidó tanto el Informe Individual de Auditoría derivado de la revisión practicada al ejercicio fiscal 2023 como el oficio mediante el cual la ASE requirió información al Ayuntamiento sobre el manejo de recursos federales del Ramo 33.
La sentencia pone fin a un litigio constitucional que se prolongó por más de un año y que mantuvo un abierto diferendo entre el órgano fiscalizador estatal y la administración encabezada por la entonces alcaldesa Abelina López Rodríguez.
Desde el inicio de la controversia, el gobierno municipal sostuvo que la Auditoría Superior del Estado estaba actuando fuera de sus atribuciones constitucionales y que únicamente la Auditoría Superior de la Federación podía revisar el ejercicio de esos recursos federales. Ese argumento fue respaldado este lunes por la Suprema Corte.
La resolución determina que la ASE no podía realizar esa auditoría, la Corte dejó sin efectos las actuaciones derivadas de ese procedimiento.
Persecusión
Las observaciones emitidas por la Auditoría Superior del Estado fueron utilizadas por diversos actores para cuestionar el manejo financiero del Ayuntamiento, incluso por el propio auditor estatal y por el Congreso Local, mientras que el gobierno municipal insistió en que se trataba de una revisión realizada por una autoridad que carecía de facultades legales para efectuarla.
El litigio se desarrolló, además, en uno de los momentos más complejos para la administración municipal. Mientras el gobierno de Acapulco concentraba esfuerzos en la reconstrucción del puerto tras los daños ocasionados por el huracán Otis, la disputa con la Auditoría Superior del Estado se convirtió en un frente adicional que obligó al Ayuntamiento a destinar tiempo y recursos a la defensa jurídica de sus actos administrativos.
En el ámbito político, colaboradores cercanos a Abelina López sostuvieron durante ese periodo que las auditorías y las observaciones fueron utilizadas para impulsar una narrativa de presuntas irregularidades, afectando la imagen pública de la alcaldesa y sembrando dudas sobre el manejo de los recursos públicos, pese a que el fondo de la controversia estaba relacionado con las facultades legales de la autoridad fiscalizadora.
Con la resolución de la SCJN, queda firme el criterio de que la fiscalización directa de los recursos federales del FAISMUN corresponde exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación, por lo que la Auditoría Superior del Estado excedió el ámbito de sus atribuciones constitucionales al iniciar ese procedimiento contra el Ayuntamiento de Acapulco.
