
BOLETÍN / TEEGRO
CHILPANCINGO, GRO.
El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO) declaró improcedente el Juicio Electoral Ciudadano (JEC) promovido por una militante del partido político Morena, quien impugnó el acuerdo de improcedencia de fecha 12 de marzo de 2026, emitido en el expediente CNHJ-GRO-070/2026 por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de dicho instituto político.
Al resolver el expediente TEE/JEC/007/2026, las magistraturas determinaron su improcedencia, en virtud de que la actora no presentó el medio de impugnación dentro de los plazos establecidos por la ley.
En consecuencia, al actualizarse la causal de improcedencia consistente en la presentación extemporánea del medio de impugnación, el Pleno determinó desechar la demanda.
En otro asunto, en la décima sesión pública de resolución, el Pleno del TEEGRO determinó desechar de plano el medio de impugnación promovido por un ciudadano, quien interpuso una excitativa de justicia, mediante la cual solicitó que se requiriera a la ponencia instructora la formulación y presentación del proyecto de resolución del expediente TEE/JEC/004/2026 en un plazo de cuarenta y ocho horas.
Durante la sesión pública de resolución, celebrada en la Sala de Plenos, las magistraturas concluyeron que el medio de impugnación quedó sin materia, al actualizarse un cambio de situación jurídica, toda vez que el pasado veintitrés de abril de dos mil veintiséis el Pleno emitió sentencia de fondo en el expediente referido.
En consecuencia, al haberse resuelto el fondo del asunto, el medio de impugnación quedó sin materia, por lo que se determinó su desechamiento.
Asimismo, el Pleno declaró fundada la causa de impedimento y procedente la excusa presentada por la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol para conocer y resolver el Asunto General TEE/AG/002/2026, al actualizarse supuestos normativos que obligan a las magistraturas a abstenerse de intervenir en asuntos en los que pudiera existir interés personal o alguna circunstancia análoga.
Sentencias
Convenio
Finalmente, el Pleno aprobó por unanimidad dos Sentencias Convenio Instituto (SCI), identificadas con las claves TEE/SCI/022/2026 y TEE/SCI/023/2026, relacionadas con la conclusión de la relación laboral entre el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero y dos extrabajadores.
